Es la justicia más cercana a la vida diaria y la que más se enfrenta sin asesoría: un parte, un choque, una multa municipal o un producto que salió malo. Ahí también hay derechos que ejercer.
El procedimiento es breve y concentrado: se cita a comparendo, se rinde prueba y el juez resuelve. Esa rapidez engaña, porque quien llega sin prueba preparada simplemente pierde. Fotografías, presupuestos, testigos, informes y boletas hay que llevarlos ordenados y en su oportunidad.
Contra la sentencia procede apelación ante la Corte de Apelaciones respectiva. Muchos casos se pierden no por el fondo, sino por dejar pasar ese plazo.
Cuando una empresa incumple, la ley permite exigir la reparación, la reposición o la devolución de lo pagado, además de la indemnización de los perjuicios. El reclamo ante el SERNAC es útil, pero no obliga a la empresa; la demanda ante el juzgado de policía local sí.
Evaluamos si el monto justifica la acción y, cuando corresponde, la presentamos y la seguimos hasta el cumplimiento.
Puede presentar sus descargos y comparecer ante el juzgado con la prueba pertinente. No pagar sin discutir tiene consecuencias, porque la multa impaga puede terminar en una orden de arresto o afectar el permiso de circulación. Revisamos el parte y le decimos si hay algo defendible.
En causas de cuantía menor es posible comparecer personalmente. Aún así, la asesoría mejora bastante el resultado, porque el éxito depende de cómo se plantea la demanda y de la prueba que se acompaña.
La acción civil por los daños derivados de una infracción de tránsito puede hacerse valer ante el propio juzgado de policía local, lo que suele ser más rápido que un juicio civil aparte. Hay que acreditar bien el monto: presupuestos, facturas y peritajes.
La primera conversación sirve para saber si hay algo que hacer y en qué plazo. Si no lo hay, también se lo diremos.